vivir en españa

¿Por qué emigrar a España?

España es un país miembro de la Unión Europea, es reconocido como uno de los países con la mejor calidad de vida, incluye 17 regiones autónomas con diversas características geográficas y culturales, vivir en España es una buena opción para aquellos que buscan cambiar de estilo de vida. Este país posee hermosas ciudades para establecerse y además cuenta con una gran riqueza cultural y arquitectónica. 

5 Razones para vivir en España

Existen innumerables razones para emigrar a España, aquí te presentamos las principales

1-Clima agradable

2-Paisajes extraordinarios

3-Exquisita y muy variada gastronomía

4-Se habla español

5-Riqueza cultural e histórica 

Requisitos necesarios para viajar a España

Según el capítulo II sobre la entrada: requisitos y prohibiciones del Real Decreto por el que se aprueba el reglamento a la Ley orgánica 4/2000, sobre los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, se indica:

“Artículo 4- Requisitos

1. La entrada de un extranjero en territorio español estará condicionada al cumplimiento de los siguientes requisitos:

a) Titularidad del pasaporte o documentos de viaje a los que se refiere el artículo siguiente.

b) Titularidad del correspondiente visado en los términos establecidos en el artículo 7.

c) Justificación del objeto y las condiciones de la entrada y estancia en los términos establecidos en el artículo 8.

d) Acreditación, en su caso, de los medios económicos suficientes para su sostenimiento durante el periodo de permanencia en España, o de estar en condiciones de obtenerlos, así como para el traslado a otro país o el retorno al de procedencia, en los términos establecidos en el artículo 9.

e) Presentación, en su caso, de los certificados sanitarios a los que se refiere el artículo 10.

f) No estar sujeto a una prohibición de entrada, en los términos del artículo 11.

g) No suponer un peligro para la salud pública, el orden público, la seguridad nacional o las relaciones internacionales de España o de otros Estados con los que España tenga un convenio en tal sentido.

2. La Comisaría General de Extranjería y Fronteras podrá autorizar la entrada en España de los extranjeros que no reúnan los requisitos establecidos en el apartado anterior cuando existan razones excepcionales de índole humanitaria, interés público o cumplimiento de compromisos adquiridos por España. En estos casos, se procederá a hacer entrega al extranjero de la resolución acreditativa de la autorización de entrada por cualquiera de estas causas.

Sin perjuicio de la posible consideración de las causas que motivaron su concesión en el marco del procedimiento relativo a la residencia por circunstancias excepcionales, la autorización de la entrada en España en base a lo dispuesto en el párrafo anterior no supondrá, por sí misma y de forma aislada a otras circunstancias que pudieran ser alegadas, el cumplimiento de los requisitos a acreditar de cara a la obtención de una autorización de residencia por circunstancias excepcionales.”

Escrito por: Karin Villalobos. Licenciada en Comunicación Social. Redactora independiente.

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